Todo movimiento de animales se debe
realizar amparado por un documento denominado GUIA, dicho
documento es otorgado en la Provincia de Entre Ríos
por la Autoridad Policial por intermedio de cada Departamental
a su vez de cada cabecera en sus correspondientes comisarías,
sub-comisarias y destacamentos según la necesidad
del lugar.
Requisitos para solicitar un certificado de guia
Cuando el productor solicita guía
o declaración jurada por cualquier movimiento, se
le deberá exigir la siguiente documentación:
• Carnet de marcas o señales al día.
• DTA (Documento transporte de Animales otorgado por
las oficinas de SENASA).
• Certificado de anemia infecciosa equina (del Colegio
de Médicos Veterinarios de Entre Ríos) en
caso de tratarse de equinos.
• Pago tasa retributiva de servicios (mediante estampillas
agropecuarias)
En los casos de tratarse de cueros, las
guías que acrediten la tenencia de los mismos.
TRANSPORTE
DE HACIENDAS
Circular con la correspondiente habilitación
del vehículo.
Vehículo perfectamente lavado
y desinfectado el lavado se debe realizar en un lavadero
autorizado por SENASA, el cual tendrá validez de
72 horas.
Debe contar con el D.T.A, documento
para el transito de animales, que a su vez se debe corresponder
con la cantidad de animales amparados en la guía
emitida por la autoridad policial.
Todo animal deberá presentar
marca o señal claramente visible, legible e identificable
guardando concordancia con el D.T.A, y en la Guía.
I M
P O R T A N T E
Todo el
movimiento de hacienda se debe hacer teniendo en cuenta
que el D.T.A, tiene vencimiento el cual varia entre 24 –
48 - y 72 horas , según la distancia existente entre
el lugar de origen y el destino final, y que una vez vencido
dicho plazo indefectiblemente debe concurrir a las oficinas
de SENASA a solicitar uno nuevo, no así con la guía
que tiene vigencia por 20 días corridos, es decir
que luego de haber solicitado una guía, si se realiza
el movimiento 2 días antes de los 20 , la operación
es valida, teniendo en tal caso renovar el D.T.A. tantas
veces como sea necesario, debiendo dejar constancia el Funcionario
Policial en la Guía.